¿Necesita México una nueva
Constitución?
Sin duda no podemos nada más
ver a una constitución como; a) la suma
de factores reales de poder en un país o como; b) decisiones políticas del titular del poder
constituyente como decisiones que afectan a la sociedad o; c) como un ente que da normas o; d) como
un encuadramiento jurídico de los fenómenos políticos o; e) como reglas
y principios. Sino que también una
constitución representa los anhelos de un país que tiene hacia el futuro. Por
ejemplo nuestra constitución tienes bastantes anhelos en los artículos 1, 3, 4 ,25,
tan solo por citar algunos.
El México que hoy vivimos no
es un México que todos decíamos tener para siempre. El México de hoy es un país
en donde 75.5% de los municipios esta
cooptado por el narco; en donde existe
una impunidad del 98.5% en los delitos
cometidos; en donde los poderes facticos gobiernan por encima del Estado ; en
donde 46% de la población carece de la alimentación necesaria para sobrevivir;
en donde la producción en el campo está abandonada ,en donde 25% de los jóvenes
entre 15 y 29 años son “nini” ni estudian ni trabajan, en donde se vive una
fuerte crisis ambiental (por ejemplo ya perdimos mas de la mitad de nuestros
tipos de maíz gracias al maíz transgénico introducido por el PAN) ; en donde
existe un defict fiscal bastante alto; en dónde existe un sindicalismo charro
en cual los lideres velan por sus intereses y no por el de los trabajadores; en
donde los monopolios gobiernan en mercado; en donde la moral de los servidores
públicos esta por los suelos desde el trabajador de base de la administración pública,
jueces, legisladores y altos puestos
como gobernadores.
Desafortunadamente este es
el México de hoy, donde anhelamos muchas cosas y siempre marcamos estos anhelos
en la constitución. Algunos se preguntan ¿Por qué no hacer una nueva
constitución llena de anhelos? Yo les contesto con esta pregunta; ¿Realmente
una nueva constitución va arreglar estos problemas que vive el país? En México
muchas personas piensan que con cambiar artículos normativos la realidad va
cambiar automáticamente. Para la realización de una nueva constitución, se
requiere un consenso común de todas las fuerzas políticas. Es noble ver que en
la actualidad existe, una ruptura
interna en las fuerzas políticas, por ejemplo; las izquierdas están
divididas, en el PAN están más desunidos que nunca, mientras que, el PRI tres grupos internos se
adueñaron del partido. También muchos de nuestros legisladores ya no
representan el interés de los mexicanos, sino el de grupos facticos de poder
como las televisoras, así formando las llamadas telebancadas. ¿Qué poder
constituyente podemos esperar de nuestra decadente clase política?
En las últimas décadas en
los países donde se ha formado un nuevo poder constituyente, son donde existieron
casi consensos políticos, sociales y económicos que querían dar borrón y cuenta
nueva, para no repetir el pasado y mirar con ambición el futuro. Por ejemplo: Argentina
(1994), Ecuador (2008), Bolivia (2009), Kenia (2010), Egipto (2012) y próximamente Túnez. En esos
países realmente hubo un consenso casi unánime, en cambio en México la
realización de una nueva constitución provocaría una gran inestabilidad
política y democrática.
La constitución de 1917
todavía ha seguido vigente, dado que no hemos vivido un proceso de ruptura
social y política post-revolucionaria, que haya derivado en una revolución o en
una reforma estructural de Estado, claro hubo movimientos sociales fuertes,
ninguno llego a tomar el poder y cambiar la constitución. Estos movimientos más
bien llegaron a lograr grandes reformas en lo electoral y la modificación de
algún que otro artículo constitucional.
Por lo tanto pienso que, no
es necesaria una nueva constitución para México, dado que, aun no estamos en el
momento coyuntural histórico, que conlleva una gran responsabilidad cívica.
El éxito de una constitución
es su permanencia en el tiempo de un país, su capacidad para adaptarse a nuevos
desafíos nacionales e internacionales. Hacer una constitución no nada más
representa la reunión de legisladores y académicos discutiendo el deber ser de
las cosas, sino la existencia de una ruptura evidente de lo pactado, cuando el
ser sobre pasa el deber ser y existe un consenso político y social.
Lo que tenemos que procurar
desde la academia, es la creación de reformas constitucionales que se vayan
adecuando a las circunstancias nacionales e internacional. Es más fácil pactar
una serie de reformas constitucionales que una nueva constitución.
Algunas cuestiones que
propongo para la constitución
1. Cambiar los Artículos 31, 35, 36, 76 y 78
Cambiar todo lo referido a la Guardia Nacional ¿Sería bueno que nos explicaran
los legisladores que es la Guardia Nacional?
2. Control
difuso o control concentrado. Cuando leemos el 133 de nuestra constitución, en
su última parte podemos entender que vivimos en un poder difuso, mientras que,
cuando interpretamos el 105 control concentrado.
3. Cambiar
el artículo 133 que habla de la supremacía constitucional, por una enumerar de
los tratados que forman parte del bloque
de constitucionalidad, como lo hace el artículo 75 fracción 22 de la constitución argentina.
4. La
figura del arraigo, contemplada en el artículo 16 párrafo octavo. El arraigo
que es una figura totalmente al Estado Constitucional de derecho. En la actualidad existen dos sentencias, jueces
de distrito con sede en San Luis Potosí y en Chiapas, que declaran la
incompatibilidad de dicha figura cautelar con la Convención Americana de
Derechos Humanos, conocida como Pacto de San José y con nuestra constitución.
5. En Artículo
96 la designación de los ministros de la SCJN va en contra del principio de
división de poderes. La designación de los ministros del tribunal supremo
mexicano, debería ser como la designación de los ministros de la Corte Suprema
de los Estados Unidos, que el presidente propone una persona al senado, y si el
senado rechaza esa persona, el presidente envía otra propuesta hasta que el
senado elige a uno. No como el caso mexicano que si el senado rechaza la
segunda terna el presidente signara a una persona de la última terna.
6. En
el artículo 95 que es el artículo en donde vienen contemplados los requisitos
para ser Ministro de la SCJN, sería conveniente agregar que por lo menos los
aspirantes tengan un cierto tiempo involucrados en cuestiones academia. De ese
modo evitamos que llegue cualquiera persona a nuestro máximo tribunal, tal como
sucede en Alemania.
7. En
el Articulo 41 que aborda cuestiones electorales.
En Este aritculo están contempladas cuestiones serias regularización de
elecciones, pero en un Estado Constitucional de derecho serio no estarían
contempladas es su constitución, más bien estarían contempladas en leyes
generales. Pienso que es absurdo que en la constitución se vean cuestiones
como; el financiamiento público de los partidos políticos; financiamiento
tendiente a la obtención de votos durante elecciones federales; asi como el
financiamiento de actividades extra-electorales (educación de sus miembros,
publicaciones de libros, investigaciones socioeconómicas,); gastos tope de
campaña; la administración de tiempo electoral en radio y televisión; la
distribución de los minutos con exactitud en radio y televisión; quien puede
adquirir publicidad en radio y televisión. Algunas cuestiones estaban el COFIPE,
ya que para las empresas y los partidos políticos no es lo mismo violar una ley
federal que la constitución. Por los hechos cometidos en el 2006 se tuvieron
que constitucionalizar estas cuestiones, que ni el país más bananero tiene en
su carta magana.
.
Podemos pensar en una nueva constitución,
pero si los políticos y poderes facticos siguen haciendo lo que quieren de nada
sirve esta discusión, ni las propuestas. Lo primor dial que tenemos que hacer
es recuperar el al 100% el Estado de derecho y rescatar la moral pública.

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